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Contratistas del Estado: seguros para ejecutar el contrato

Tras obtener la buena pro, las bases y la proforma de contrato definen qué seguros deben presentarse y en qué plazo. Esta guía resume los más frecuentes.

¿Qué seguros pueden exigirse para ejecutar un contrato público?

Depende de las bases y del contrato de cada procedimiento. Los más frecuentes en obras y servicios son:

¿La entidad puede revisar el SCTR del personal?

Sí. La empresa que contrata obras o servicios está obligada a verificar que el personal destacado tenga SCTR; si no lo tiene, responde solidariamente (DS 003-98-SA, art. 5). Por eso es habitual que la entidad o el supervisor soliciten las constancias antes del ingreso del personal.

¿Cómo se relacionan los seguros con las garantías de fiel cumplimiento?

Las garantías se rigen por el artículo 61 de la Ley 32069, Ley General de Contrataciones Públicas, que admite, entre otros mecanismos, la carta fianza y el contrato de seguro (póliza de caución), que debe ser incondicional, solidario, irrevocable y de realización automática. El artículo 115 de su reglamento (DS 009-2025-EF) exige que la aseguradora esté supervisada por la SBS (compendio OECE).

¿Qué información se necesita para empezar?

El número del procedimiento SEACE o las bases, la fecha prevista de firma y de inicio, el valor y el plazo del contrato, y el número de trabajadores. Con ello se identifican los seguros aplicables y se solicitan propuestas a las aseguradoras.

¿Tiene sentido una segunda opinión si la empresa ya trabaja con un corredor?

Se respeta la relación de cada empresa con su corredor actual. Para una obra nueva, otra región o un seguro puntual, José Antonio Ampuero Pérez puede ofrecer una segunda opinión, sin compromiso.

Última actualización: 1 de noviembre de 2026.

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José Antonio Ampuero Pérez analiza los riesgos y obligaciones de su empresa y presenta propuestas comparadas de las principales aseguradoras del mercado peruano.

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